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Los días laborables y el calendario laboral

Comienza septiembre y las vacaciones de este año ya han terminado, al menos para la mayoría, pues aún hay compañeros que todavía disfrutan de sus últimos días o se han reservado unos pocos para disfrutarlos en lo que resta de año. Pero, los días de trabajo que nos quedan para acabar el año, ¿son días laborables o laborales?

La respuesta está en el diccionario. Sobre la primera voz, “laborable”, el DRAE nos indica lo siguiente:

laborable.

1. adj. Que se puede laborar o trabajar.

□ V.

día laborable.

1. m. día de trabajo.

1. m. El ordinario, por contraposición al de fiesta.

En cuanto a la segunda, “laboral”, el DRAE nos dice:

laboral.

1. adj. Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.

□ V.

calendario laboral.

1. m. calendario que fija el Gobierno para regir las fiestas y días laborables.

Así, los días que en los que podemos trabajar a lo largo de un año son días laborables, es decir, días de trabajo, en contraposición con los días festivos, mientras que el calendario que muestra dichos días es el calendario laboral, de igual modo que decimos baja laboral, situación laboral, sede laboral o vida laboral.

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